Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Destrucción de la prenda constituida con anterioridad a la Ley de Garantías Mobiliarias extingue el derecho

Las garantías mobiliarias debidamente constituidas en vigencia de la Ley 1676 del 2013 no pierden la prelación legal por el hecho de la destrucción de la garantía.
43118
Imagen
fachada-superintendenciasupersociedades.jpg

16 de Enero de 2020

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Las garantías mobiliarias debidamente constituidas en vigencia de la Ley 1676 del 2013 no pierden la prelación legal por el hecho de la destrucción de la garantía, sin perjuicio de lo que en cada caso particular defina el juez del concurso dentro de su autonomía y conforme a la situación fáctica, indicó la Superintendencia de Sociedades.

 

Si la prenda fue constituida con anterioridad a la disposición mencionada, la destrucción completa de la cosa empeñada extingue el derecho de prenda, salvo que esta se hubiera registrado en los términos del artículo 85 de la misma, ya que si se cumplió con el requisito de oponibilidad y registro el deudor debe asumir el riesgo, excepto en aquellos casos en que se hubiere contratado un seguro a favor del acreedor garantizado.

 

Supersociedades, Concepto 220-178095, Dic. Dic. 23/19.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)