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Cuando se presente una falla, consumidores tienen derecho a reparación totalmente gratuita del bien

Al verificarse una falla en el bien adquirido el productor o proveedor tiene la obligación de responder por la calidad, idoneidad, seguridad, buen estado y funcionamiento.
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01 de Junio de 2018

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Cuando se verifica la falla de un bien, el productor o proveedor tiene la obligación de responder por la calidad, idoneidad, seguridad y el buen estado de funcionamiento de los productos. Lo anterior acorde con los artículos 5, 7, 8, 10, 11 y 18 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011).

 

Así lo afirmó la delegatura para asuntos jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio al resolver una acción de protección al consumidor, relacionada con la compra de un equipo celular.  (Lea: ¿Cuántas veces debe ser reparado un bien antes de que sea exigible su cambio o el reintegro del dinero?)

 

La sentencia precisó, bajo el marco de la obligación de garantía, que los consumidores tienen derecho a obtener la reparación totalmente gratuita del bien cuando se presente una falla, y explicó que en el caso de repetirse este error tienen derecho a obtener a su elección una nueva reparación, la devolución total o parcial del precio pagado o el cambio del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas. (Lea: ¿Qué derechos tiene el consumidor frente a la falla reiterada?)

 

Caso concreto

 

En el caso bajo análisis, una mujer adquirió un equipo celular por $ 133.000, el cual resultó defectuoso dado que no cargaba la batería. Ante ello, lo ingresó en repetidas oportunidades a servicio técnico sin obtener una solución eficiente al inconveniente.

 

La parte demandada le informó a la parte activa que dicha reparación tenía un costo de $ 453.000, en vista de que el producto presentó daño en el sensor de humedad, razón por la cual la demandante elevó reclamación directa de forma verbal. (Lea: La reparación es un deber que rige la prestación de servicios que suponen la entrega de un bien)

 

La Superindustria declaró que el extremo pasivo vulneró los derechos a la consumidora y le ordenó el rembolso de la suma cancelada por la adquisición del celular, debidamente indexada.

 

Superindustria y Comercio, Sentencia 6074, Abr. 30/18

 

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