Aprobación de cuenta final de liquidación mientras la sociedad figura como dueña de un establecimiento de comercio (2:20 p.m.)
21 de Enero de 2019
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Nota:
110950
El proceso de liquidación voluntaria de una sociedad culmina con la aprobación de la cuenta final de liquidación por parte del máximo órgano social, en el entendido que la aprobación supone la realización de los bienes en su integridad, es decir, el agotamiento total de los activos de la sociedad, así como la satisfacción de las obligaciones, con o sin distribución de remanentes entre los socios o el pago de las acreencias donde la disponibilidad de recursos lo permita. En este sentido, indicó la Superintendencia de Sociedades, el establecimiento de comercio es un bien mercantil que debe ser incorporado al inventario de los activos de la sociedad, así esté sujeto a un proceso judicial, por lo que es imposible aprobar y registrar la cuenta final mientras la sociedad figure como propietaria del establecimiento y esté pendiente la satisfacción de algunas acreencias.
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