Manifiesto de carga no es equivalente a la factura (8:10 a.m.)
01 de Diciembre de 2016
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Nota:
52927
Teniendo en cuenta el objeto de la factura y el del manifiesto de carga, los sujetos sobre los cuales recae la obligación de expedirlos, así como su contenido fiscal, de control técnico y elementos tecnológicos, además de las autoridades que los establecen, no es viable legalmente que el manifiesto de carga se pueda utilizar como documento equivalente a la factura o constituirse como tal, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El manifiesto difiere de la factura por cuanto el mismo ampara el transporte de mercancías ante las autoridades, la obligación de expedirlo recae sobre la empresa de transporte habilitada, así como entregarlo, entre otros, al Ministerio de Transporte, para su respectivo control y fines estadísticos. La factura, por su parte, es el soporte de la operación comercial y, en materia tributaria, la obligación de expedirla recae sobre los sujetos que venden bienes y/o prestan servicios, constituyendo el soporte de sus ingresos, de ahí la obligación de conservar una copia.
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