Ideas en materia de propiedad industrial no son susceptibles de protección (3:21 p.m.)
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05 de Diciembre de 2014
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En reciente oficio, la Superintendencia de Industria y Comercio precisó que las ideas en materia de propiedad industrial no son susceptibles de protección, pues lo que se protegen son los inventos consistentes en productos, procedimientos, métodos de fabricación, máquinas o aparatos que se obtengan. El invento (patente o modelos de utilidad) debe ser un producto o procedimiento que reúna tres condiciones: novedoso, es decir, que no exista a nivel mundial; que posea nivel inventivo, lo que significa que no sea un desarrollo obvio para una persona experta en la materia, y que pueda ser utilizado o fabricado en cualquier industria, es decir, con aplicación industrial. La entidad señaló que, en el marco legal educativo, no es viable reconocer un programa (proyecto curricular de educación física) como una invención, puesto que no reúne los requisitos, ya que no es novedoso ni susceptible de aplicación industrial.
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