Frente a la confusión entre una marca y un nombre o enseña comercial, es necesario demostrar la anterioridad del uso (10:22 a. m.)
11 de Marzo de 2015
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Nota:
99301
Cuando exista la posibilidad de confusión entre una marca y un nombre o enseña comercial, es procedente la iniciación de acciones legales, en desarrollo de las cuales las partes intervinientes deben demostrar ante el juez competente o ante la Superintendencia de Industria y Comercio la existencia de un mejor derecho, lo cual, para el caso de los nombres y enseñas comerciales, implica demostrar que se usó con anterioridad a la solicitud del registro de la marca o al uso del nombre o enseña comercial con los que tiene conflicto. Dentro de las acciones contra la indebida utilización que puede invocar el afectado están las administrativas (oposiciones de terceros y protección al consumidor), jurisdiccionales (infracción de derechos de propiedad industrial y por competencia desleal jurisdiccional) y penales (usurpación de derechos de propiedad industrial), recordó la entidad.
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