SAS puede determinar mediante acuerdo de accionistas el precio de las acciones que se colocarán en circulación (11:50 a.m.)
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25 de Enero de 2019
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El artículo 24 de la Ley 1258 del 2008 dispone que en las sociedades por acciones simplificadas (SAS) los acuerdos de accionistas pueden versar sobre la compra o venta de acciones, preferencia para adquirirlas, restricciones en las transferencias, ejercicio del derecho de voto, representación de las acciones en la asamblea y cualquier otro asunto lícito, los cuales deberán ser acatados por la compañía cuando sean depositados en las oficinas de administración y el término no sea superior a 10 años, prorrogables por voluntad unánime de sus suscriptores por un periodo igual. Así las cosas, indicó la Superintendencia de Sociedades, se puede establecer mediante acuerdo la forma como se determina el precio de las acciones que se colocarán en circulación, a través de contrato de suscripción de acciones, y fijarlo.
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