Mercantil
Monedas virtuales no están reguladas por ninguna autoridad monetaria
03 de Abril de 2017
En reciente concepto, la Superintendencia Financiera recordó que, teniendo en cuenta el auge de las monedas virtuales (entre ellas el Bitcoin) y los problemas que han enfrentado las plataformas transaccionales en las que se cotizan y negocian, emitió las cartas circulares 29 del 2014 y 78 del 2016.
A través de ellas la entidad ya había advertido no solo a las entidades vigiladas, sino también al público en general, acerca de los riesgos a los que se exponen cuando adquieren y transan con estos instrumentos que no están regulados ni respaldados por ninguna autoridad monetaria o activos físicos y cuya aceptación es muy limitada. (Lea: Superfinanciera hace nueva advertencia sobre operaciones con Bitcoin)
Así mismo, las citadas disposiciones recuerdan a los entes vigilados que no están autorizados para custodiar, invertir, intermediar ni operar con estos instrumentos o permitir el uso de plataformas para que se realicen operaciones. (Lea: Bitcoin y el ocaso de las jerarquías en la era digital)
Riesgos
El documento resaltó los dos riesgos en que se incurren al negociar con las monedas virtuales:
- No cuentan con el respaldo o la participación de los bancos centrales.
- No se caracterizan por su alta liquidez en el mercado, lo que significa que no son fácilmente intercambiables sin restricciones en la forma o montos negociados.
Estas circunstancias, además, no las hacen congruentes con las condiciones señaladas para su consideración como divisa de libre uso por el Fondo Monetario Internacional y el Banco de Pagos Internaciones.
Superfinanciera, Concepto 2017008234, 03/23/17
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta