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Mercantil


Medidas de intervención sobre personas naturales que colaboran en captación ilegal son necesarias

Las facultades previstas en el Decreto 4334 del 2008 para intervenir a las captadoras ilegales protegen los derechos de los depositantes.
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07 de Septiembre de 2011

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Las medidas de intervención sobre personas naturales que colaboran en la captación ilegal de recursos son procedentes y necesarias, aunque puedan resultar agresivas, precisó la Superintendencia de Sociedades.

 

Según la entidad, si bien algunas de las facultades previstas en el Decreto 4334 del 2008 para intervenir a las captadoras ilegales permiten tomar la totalidad de los activos de quienes hayan colaborado con ellas, su fin es legal, pues protegen los derechos de los depositantes y el interés general.

 

En la Sentencia C-145 del 2009, la Corte Constitucional declaró exequibles la mayoría de estas facultades, que guardaron conexidad con las causas que generaron la declaratoria del estado de emergencia económica en el 2008.

 

Por su parte, la Oficina Delegada de Procedimientos Mercantiles de la superintendencia señaló que la intervención  mediante la toma de posesión para devolución busca suspender de manera inmediata las actividades no autorizadas y fijar mecanismos idóneos que permitan restablecerle los recursos al público afectado.

 

(Supersociedades, Cpto. 220-081886, jun. 21/11)

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