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La base anual para liquidar intereses en CDT es acordada por las partes en el respectivo título valor o contrato (1:34 p.m.)

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30 de Mayo de 2011

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La base anual, es decir, 360 o 365 días, sobre la cual se liquidan los intereses generados por un certificado de depósito a término (CDT) emitido por un establecimiento bancario es determinada por las partes en el respectivo título valor o contrato, en desarrollo de la autonomía de la voluntad, señaló la Superintendencia Financiera, en reciente oficio. Tratándose de operaciones en el mercado público de valores, con el propósito de la debida transparencia y homogenización de los valores de contenido crediticio, es necesario estandarizar algunas características propias, cuando estas sean objeto de oferta pública, en las cuales está la base de cálculo anual de las tasas de interés.

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