Inversiones de fondos de pensiones obligatorias y de cesantía en un fondo bursátil no deben computarse de forma individual (12:40 p.m.)
11 de Octubre de 2011
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Nota:
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Las inversiones efectuadas por los fondos de pensiones obligatorias y de cesantía en un fondo bursátil deben computarse como vehículo de inversión y no de forma individual por los subyacentes que componen el respectivo fondo, indicó la Superintendencia Financiera. En todo caso, explicó, a las citadas inversiones les son aplicables los límites globales de inversión para cada tipo de fondo de pensiones y para el portafolio de largo plazo de los fondos de cesantía, tal y como lo establece el Decreto 2555 del 2010.
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