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25 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 28 minutos | ISSN: 2805-6396

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Explican función de las compañías de seguros en el marco de la responsabilidad fiscal

02 de Marzo de 2018

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El Consejo de Estado explicó recientemente cuál es la función que desempeñan las compañías de seguros en el procedimiento de responsabilidad fiscal y, a su vez, cuáles son las prerrogativas que poseen en la actuación administrativa, así como la judicial que eventualmente llegare a surgir.

 

Así pues, señaló que cuando el hecho generador de daño patrimonial se encuentre cubierto por una póliza de seguros, en aplicación del artículo 44 de la Ley 610 del 2000, las compañías de seguros deben ser vinculadas al procedimiento de responsabilidad fiscal en calidad de terceros civilmente responsables, es decir, como garantes del pago, en caso de que la autoridad competente declare la existencia de un menoscabo al erario.

 

Tomando como sustento las consideraciones vertidas por la Corte Constitucional en Sentencia C-648 del 2002, la Sección Quinta precisó que las aseguradoras se vinculan al procedimiento de responsabilidad fiscal con el objetivo de que la función resarcitoria de tal actuación se vea satisfecha.

 

Sin embargo,  indicó que el hecho de su vinculación no implica que dichas personas jurídicas comprometen su responsabilidad fiscal, pues aquellas solamente serán, en caso dado, civilmente responsables. (Lea: Esto debe saber sobre las controversias alrededor de la póliza global bancaria)

 

En este orden de ideas, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo enfatizó que: i) las compañías de seguros se vinculan, únicamente, como terceros civilmente responsables; ii) aquellas tienen las mismas prerrogativas que las partes y iii) su responsabilidad se limita a los riesgos amparados en la póliza y en los montos ahí establecidos.

 

Cabe reseñar que este pronunciamiento se dio en el marco de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho que impetró la compañía de seguros La Previsora, en el 2002, contra las decisiones de la Contraloría Departamental del Atlántico que declararon su responsabilidad civil. (Lea: Póliza de responsabilidad civil extracontractual remplazaría el Soat)

 

Lo anterior en virtud de la póliza de manejo global que fue suscrita con la mencionada entidad territorial dentro del procedimiento de responsabilidad fiscal iniciado contra unos servidores públicos de la gobernación por actuaciones relacionadas con el pago de intereses moratorios sobre cuotas partes pensionales (C. P. Alberto Yepes Barreiro).

 

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