Facultad de adicionar elementos gráficos o denominativos a una marca no es absoluta (4:55 p.m.)
07 de Febrero de 2013
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Nota:
86056
Aunque el titular del registro marcario tiene la posibilidad de usar la marca adicionándole elementos gráficos o denominativos, sin que por ello se considere que un nuevo signo, debe tener en cuenta que sus derechos de propiedad industrial no son absolutos, sino que están limitados por los de los demás y por la prevalencia del interés general, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. Así las cosas, al introducir elementos que no fueron objeto de trámite de registro, es necesario velar por que no sea similarmente confundible con otros signos sobre los cuales un tercero ejerza un mejor derecho.
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