Expedición de tarjetas prepago de ciclo abierto o cerrado requiere autorización (8:10 a.m.)
09 de Noviembre de 2017
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Nota:
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La actividad de prestar dinero no implica que se esté ejecutando una labor de intermediación financiera, ya que si las operaciones se realizan con recursos propios del prestamista puede ser desarrollada en el sector real o comercial, sin requerir autorización gubernamental. En todo caso, indicó la Superintendencia de Sociedades, si se cumplen los presupuestos de captación de dineros del público, en los términos del Decreto 4334 del 2008, como se predicaría de manera directa con la expedición de tarjetas prepago de ciclo abierto o cerrado, se estaría ante una actividad financiera y serían necesarias las autorizaciones que prevé el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
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