Expedición de SOAT para vehículos eléctricos no requiere código y tarifa particular
20 de Abril de 2020
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Nota:
115646
En reciente concepto, la Superintendencia Financiera indicó que no es necesaria la creación de una nueva identificación tarifaria con un código particular en la expedición del seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) para vehículos eléctricos, teniendo en cuenta que actualmente las tarifas máximas están homologadas y establecidas en 36 categorías, de acuerdo con las instrucciones impartidas por la entidad mediante la Circular Externa 32 del 2009. Sin embargo, señaló, esto no exime a las entidades aseguradoras de llevar el registro de los descuentos aplicados, en los términos de la Ley 1964 del 2009.
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