14 de Diciembre de 2024 /
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Noticias / Mercantil


Estos serían los requisitos que deben cumplir los comerciantes de productos imperfectos

14 de Octubre de 2022

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Nota:
151526

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) publicó un proyecto de circular por medio del cual emite instrucciones para garantizar el derecho a la información sobre la calidad de productos imperfectos, usados, reparados, remanufacturados, repotencializados o descontinuados. 

De acuerdo con la entidad, el objetivo del documento es instruir sobre la manera como deben informar al consumidor, de forma precisa y notoria, las características de los productos en condiciones especiales.

Se adicionaría un subnumeral al Capítulo Segundo del Título II de la circular única de esta superintendencia, el cual establecería los requisitos que deberán cumplir los comerciantes, productores y proveedores de este tipo de productos:

  1. Se debe informar la circunstancia del producto tanto en los establecimientos físicos como a través de los medios que utilizan métodos no tradicionales o a distancia para la comercialización.
  2. La información frente a la condición de imperfecto, usado, reparado, remanufacturado, repotencializado o descontinuado del producto debe ser clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa, idónea y en castellano, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1480 del 2011.
  3. La información frente a la condición de imperfecto, usado, reparado, remanufacturado, repotencializado o descontinuado del producto deberá informarse contigua al precio, garantizando su notoriedad, legibilidad, visibilidad y fácil acceso por parte del consumidor antes de tomar la decisión de consumo.
  4. Cuando un producto sea objeto de reparación por causas distintas a la garantía legal, deberá informarse al consumidor si el repuesto o parte utilizado tiene la condición de imperfecto, usado, reparado, remanufacturado, repotencializado, circunstancias que deberán ser aceptadas.

Conozca más detalles de la propuesta en el documento adjunto a esta nota, y quienes deseen enviar sus comentarios lo podrán hacer hasta el próximo 18 de octubre a los correos electrónicos c.maguevara@sic.gov.co  o c.agarciaf@sic.gov.co.

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