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Estas serían las reglas para el uso y funcionamiento de plataformas electrónicas de financiación colaborativa a través de emisión de valores (9:06 a.m.)

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16 de Noviembre de 2017

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El Ministerio de Hacienda plantea adicionar el Libro 39 de la Parte 2 al Decreto 2555 del 2010, para regular la administración, el funcionamiento y la utilización de las plataformas electrónicas de financiación colaborativa a través de la emisión de valores. Dichas plataformas hacen referencia a la infraestructura electrónica que puede incluir interfaces, páginas de internet u otro medio de comunicación electrónica a través de las cuales se ponen en contacto de manera profesional un número plural de aportantes con receptores que solicitan financiación en nombre propio para destinarlo a un proyecto productivo de inversión; no tendrían dicha consideración cuando la financiación tenga como destino la realización de una donación o la recepción de un bien o servicio a cambio. Se definirían dos modalidades de financiación colaborativa: a través de valores representativos de deuda y a través de valores representativos de capital social. La cartera de Hacienda recibirá comentarios sobre la propuesta hasta el 30 de noviembre, a través de su sitio web, donde se encuentra publicado el texto, y de los correos lcaballe@urf.go.co y emartine@urf.gov.co.

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