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En las SAS el cuórum para las reuniones de segunda convocatoria se podrá conformar por un solo accionista

Reuniones de segunda convocatoria se efectúan en remplazo de una reunión anterior que no se llevó a cabo por falta de cuórum o inasistencia de todos los asociados.
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01 de Febrero de 2022

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Las reuniones de segunda convocatoria son aquellas que se efectúan en remplazo de una reunión prevista para una fecha anterior que no se llevó a cabo por falta de cuórum o por inasistencia de todos los asociados, recordó la Superintendencia de Sociedades.

En las sociedades por acciones simplificadas (SAS) el cuórum para las reuniones por derecho propio, así como para las de segunda convocatoria, se podrá conformar con un número de accionistas que no tiene que ser plural, cualquiera que sea la cantidad de acciones representadas, si así se pactó en los estatutos.

Igualmente, en la SAS los accionistas podrán renunciar a su derecho a ser convocados, así como al derecho de inspección, por comunicación escrita enviada al representante legal de la sociedad antes, durante o después de la sesión correspondiente.

De otra parte, señaló la entidad, de acuerdo con lo previsto en el artículo 184 del Código de Comercio, todo asociado podrá hacerse representar en las reuniones de la junta de socios o asamblea, mediante poder escrito y el uso de cualquier mecanismo para el efecto.

Dicho poder deberá indicar expresamente el nombre de la persona a la cual se otorga y si se concede la facultad de sustituir el nombre del posible sustituto. No se pueden recibir de los asociados poderes para las reuniones donde no aparezca plenamente identificado el respectivo apoderado.

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