Empresas de transporte deben acreditar pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual (2:55 p.m.)
113342
16 de Octubre de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Las empresas que presten el servicio público de transporte en modalidad colectivo, pasajeros por carretera, individual y mixto deberán acreditar como uno de los requisitos de habilitación la copia de las pólizas de seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual, es decir, se trata de una condición necesaria para la prestación del servicio. Tan es así, precisó el Ministerio de Transporte, que para la obtención y renovación de la tarjeta de operación la empresa de transporte deberá acreditar ante la autoridad correspondiente la certificación expedida por la aseguradora en la que conste que el vehículo está amparado por las pólizas mencionadas.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!