Empresa operadora de libranza debe producir los bienes o prestar directamente los servicios que ofrece (9:50 a.m.)
20 de Septiembre de 2017
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Nota:
57234
Siempre que una empresa opere a través de uno de los vehículos societarios que regula el Código de Comercio o la Ley 1258 del 2008, es decir, que adelante operaciones como sociedad comercial colectiva, de responsabilidad limitada, en comandita, anónima o sociedad por acciones simplificada que contemple dentro de su objeto social la actividad de libranza y que la misma se adelante con recursos propios o a través de mecanismos de financiamiento legalmente autorizados, no habrá limitación legal para que actúe como operador de libranza, precisó la Superintendencia de Sociedades. Así las cosas, las empresas que no producen directamente los bienes que ofrecen en venta ni prestan directamente el servicio que promocionan, sino que sirven de vehículo de ventas de terceros, no podrían financiar los bienes y productos ofrecidos por aquellos.
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