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Noticias / Mercantil


Estudiantes deben informarse sobre condiciones de cancelación del semestre y devolución de recursos

14 de Mayo de 2019

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Si bien la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) protege los derechos de los consumidores, también les impone algunos deberes frente a los productos o servicios que adquieren, como es informarse respecto de la calidad de los productos, así como de las instrucciones que suministre el productor y/o proveedor en relación con el adecuado uso o consumo.

 

Así las cosas, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la acción de protección al consumidor no se pueden pasar por alto las indicaciones legales, imponiéndole cargas excesivas al productor y/o proveedor, más aún cuando no está probada la falta de información o incumplimiento en cuanto a aquella que fue brindada.

 

En el momento de verificar la información pertinente a programas académicos, el consumidor debe cerciorarse en cuanto a lo establecido de manera particular para los mismos y en el reglamento universitario, en lo que se refiere para el caso concreto a la cancelación de semestres y devolución de recursos.

 

El establecimiento educativo demandado negó las pretensiones del demandante, en virtud de lo previsto en el reglamento universitario publicado en su página web, según el cual el estudiante puede solicitar la devolución del 80 % del derecho pecuniario si certifica una enfermedad grave que le impida continuar sus estudios, dentro de las cuatro semanas siguientes al inicio de la actividad académica.

 

Ante la inexistencia de vulneración de derechos en lo que respecta a la efectividad de la garantía, ya que se brindó información clara, veraz, comprensible y transparente, sin ocasionar que el consumidor pudiera incurrir en error frente a lo ofrecido, la entidad procedió al archivo de las diligencias.

 

(Superindustria y Comercio, Sentencia 4593, abril 9 – 19)             

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