Decretos reglamentarios únicos Autorizan línea de crédito con tasa compensada para Findeter
06 de Septiembre de 2017
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Nota:
57077
El Ministerio de Hacienda modificó los artículos 2.6.7.2.3., 2.6.7.2.6 y 2.6.7.2.7. del Capítulo 2, Título 7, Parte 6, Libro 2 del Decreto 1068 del 2015, único reglamentario del sector, los cuales regulan la línea de redescuento con tasa compensada de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. (Findeter) para el financiamiento de infraestructura para el desarrollo sostenible. Así, la norma indica que la aprobación de operaciones de redescuento se podrá otorgar hasta el 31 de diciembre del 2018 y hasta por un monto total de $ 2.000.000'000.000, con plazos de amortización de hasta 12 años y hasta con 2 años de gracia a capital. Las viabilidades que hayan sido otorgadas por los ministerios, así como los saldos pendientes por desembolsar de las operaciones de crédito aprobadas desde el 1° de mayo del 2015 y hasta 31 de diciembre del 2017 se financiarán con cargo a esta línea.
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