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23 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 9 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Deber de información mínima comprende el cumplimiento de la fecha de devolución o rembolso de dineros

20 de Enero de 2022

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Nota:
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Aspectos tales como la fecha de devolución o rembolso de los dineros deben ser observados, so pena de incurrir en violación de lo previsto en el artículo 23 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480/11), sobre información mínima y responsabilidad, precisó la Superintendencia de Industria y Comercio.

De acuerdo con esta disposición, los proveedores y productores deberán suministrar a los consumidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan y, sin perjuicio de lo señalado para los productos defectuosos, serán responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información.

En el caso bajo análisis, se logró demostrar que la accionada omitió brindar información clara, transparente, completa, veraz y oportuna, teniendo en cuenta que indicó al consumidor que, una vez este enviara unos documentos, a los 30 días hábiles siguientes rembolsaría el dinero. Sin embargo, a pesar de recibirlos, no cumplió, derivando en una vulneración a los derechos de aquel.

Cabe recordar que la obligación de informar, en términos generales, supone la existencia de una relación de consumo, en virtud de la cual un consumidor adquiere un bien o servicio a un productor y/o proveedor determinado por las condiciones objetivas y especificas anunciadas respecto del mismo.

 

Así las cosas, recordó la entidad, el bien o servicio deberá ajustarse a las características de uso y funcionamiento anunciadas, so pena de resultar el productor y/o proveedor responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información.   

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