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Contrato de encargo fiduciario debe inscribirse en el registro de garantías mobiliarias (8:33 a.m.)

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05 de Diciembre de 2014

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Toda garantía mobiliaria debe inscribirse en el registro general y en el especial, según el caso, independientemente del sujeto que la constituya, ya sea una persona natural, jurídica, entidad gubernamental, patrimonio autónomo o de que la misma haya sido presentada ante un ministerio para lo de su competencia, indicó la Superintendencia de Sociedades. La inscripción debe hacerla el acreedor garantizado o quien este autorice en calidad de administrador de la cuenta de usuario, para lo cual deberá cumplir con los requisitos exigidos. Sin embrago, cuando se trate de la inscripción en el registro especial de una garantía o derecho, no será procedente si quien hace la solicitud no es el titular inscrito.

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