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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


¿Imagen de perfil en redes sociales puede usarse en medios periodísticos?

08 de Noviembre de 2018

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Nota:
36261
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La Superintendencia de Industria y Comercio resolvió una inquietud relacionada con el carácter de información pública o privada contenida en la imagen de perfil en redes sociales y su uso en medios periodísticos.

 

En primer lugar, recordó que la imagen es un derecho fundamental, autónomo y personalísimo, que se deriva de la dignidad humana y está íntimamente relacionado con los derechos al libre desarrollo de la personalidad y al reconocimiento de la personalidad jurídica. Este derecho no puede ser explotado o apropiado arbitrariamente por terceros, de manera que el uso debe ser autorizado por el titular una vez se le haya informado la finalidad para la cual es requerido.  

 

En segundo lugar, indicó, el tratamiento de los datos personales de los menores de edad es especial y puede hacerse solo cuando se trate de datos de naturaleza pública y se cumplan los requisitos de respetar su interés superior y sus derechos fundamentales, sin perjuicio de lo señalado por la Corte Constitucional en el entendido que no existe una prohibición absoluta.

 

Así, el representante legal otorgará autorización para el tratamiento de los datos personales una vez se haya ejercido el derecho del menor a ser escuchado, opinión que será valorada teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto de que se trate. Esta autorización será por escrito, oral o mediante conductas inequívocas.

 

De otra parte, precisó la superintendencia, los datos personales que no sean públicos no pueden ser publicados en internet, salvo que el acceso a los mismos sea técnicamente controlable para brindar conocimiento restringido solo a personas autorizadas, conforme a lo previsto en la Ley 1581 del 2012, es decir, titulares, causahabientes o representantes legales; entidades públicas o administrativas y terceros autorizados. En todo caso, se debe cumplir la finalidad de las bases de datos.

 

Por último, señaló, los datos personales que están en bases de datos y archivos de información eminentemente periodística y otros contenidos editoriales están exceptuados de la aplicación de la ley. Sin embargo, se deben aplicar los principios sobre protección de datos personales de legalidad, finalidad, libertad, veracidad o calidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad.  

 

Superindustria y Comercio, Concepto 18278196, Nov. 6/18.

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