Conflictos de intereses de los socios no han sido objeto de un pronunciamiento específico: Supersociedades (3:34 p.m.)
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22 de Enero de 2020
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La Superintendencia de Sociedades no se ha referido en términos específicos al conflicto de intereses de los socios en una compañía, pero sí lo ha hecho tangencialmente sobre la responsabilidad de cada uno en cuanto a sus actuaciones para con la sociedad y las causales de exclusión reguladas en las sociedades de personas y las que pueden ser determinadas para las sociedades limitadas y las sociedades por acciones simplificadas. Dichos conflictos, señaló, han sido verificados a la luz del abuso del derecho de voto o de la desestimación de la personalidad jurídica, pero no de manera específica o del deber de lealtad de los socios.
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