Mercantil
Definen programa de desgravación arancelaria de TLC con UE
16 de Agosto de 2013
Con miras a dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia al suscribir el tratado de libre comercio (TLC) con la Unión Europea (UE) (Ley 1669 del 2013), que entró en vigencia el pasado 1º de agosto, el Gobierno expidió el Decreto 1636.
Esta norma establece las reglas que determinarán los aranceles que se originen de las importaciones de mercancías provenientes de la UE y sus Estados miembros. El año uno del programa de eliminación arancelaria corresponderá al año calendario que comienza el 1º de enero siguiente a la entrada en vigor del acuerdo, precisa la norma.
Como medida de aplicación provisional, se creará una zona de libre comercio entre Colombia y la UE, de acuerdo con el artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y el artículo V del Acuerdo General sobre Comercio de Servicios.
En este orden de ideas, se estableció el programa de desgravación de aranceles aduaneros para mercancías agrícolas y no agrícolas, especificando las categorías en que se efectuará este procedimiento.
Por otra parte, el Decreto 1636 precisa la forma de aplicar las medidas de salvaguardia bilateral y el periodo de transición en que estas proceden, así como los eventos en que se restringe su aplicación.
(Ministerio de Comercio, Decreto 1636, jul. 31/13)
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