Cláusula abusiva que limita la responsabilidad del proveedor por garantía es ineficaz de pleno derecho (4:20 p.m.)
17 de Julio de 2013
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Nota:
89625
En concepto del pasado 12 de junio, la Superintendencia de Industria y Comercio se pronunció respecto a lo que establece la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) sobre cláusulas de prohibición y abusivas. En cuanto a las primeras, la entidad indicó que son aplicables a los contratos de adhesión y su objeto es no permitir que el proveedor o productor modifique unilateralmente las obligaciones suscritas. Por su parte, la inclusión de cláusulas abusivas, como la que limita la responsabilidad del proveedor sobre la garantía legal, se sanciona con la ineficacia de pleno derecho de las mismas.
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