Cesión de reaseguros en ‘fronting’ no requiere autorización previa de la Superintendencia Financiera (11:13 a.m.)
22 de Julio de 2019
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Nota:
121477
La cesión de reaseguros en la modalidad de fronting, entendida como la cesión al reasegurador de la totalidad del riesgo asumido por el asegurador, no requiere autorización previa de la Superintendencia Financiera, sin perjuicio del cumplimiento por parte de aseguradores y reaseguradores de las normas prudenciales sobre límites de retención neta en función del patrimonio neto de la respectiva entidad. En nuestra legislación no está expresamente prevista la figura, pero tampoco se señala algún tipo de restricción, de manera que el asegurador que así proceda está obligado a retener determinado porcentaje del riesgo.
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