Cesión de créditos a la casa matriz extranjera por cese de actividades es posible por remanente (8:50 a.m.)
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13 de Noviembre de 2019
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Declarada la disolución y liquidación de actividades de una sociedad constituida con arreglo a la normativa colombiana, independientemente del proceso adoptado, puede dar lugar a que, por remanente, se le cedan créditos a su casa matriz extranjera, los cuales se cobran en los procesos de reorganización en los que la sociedad constituida en Colombia actuaba como acreedora, lo cual surge después de haberse pagado el pasivo externo dentro del proceso de liquidación correspondiente. Así lo indicó la Superintendencia de Sociedades, en reciente concepto.
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