Anulan parcialmente circular de Mincit sobre contratos de importación de tecnología (10:50 a.m.)
11 de Diciembre de 2019
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Nota:
114693
No es válido que una circular establezca periodos de vigencia de los registros de los contratos de importación de tecnología no previstos en las normas superiores. Así lo concluye una sentencia reciente de la Sección Cuarta del Consejo de Estado que declara la nulidad parcial del numeral 5.5 de la Circular Externa 27 del 2009, expedida por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. En palabras del alto tribunal, “quedó demostrado que la obligación de renovar el registro de los contratos de importación de tecnología de cuantía indeterminada es una obligación adicional a la prevista en las normas superiores” (C. P. Jorge Octavio Ramírez).
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