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Accionista minoritario de una SAS puede solicitar nulidad por privación injustificada al derecho a percibir utilidades

Quien abuse de sus derechos de accionista en las determinaciones adoptadas en la asamblea responderá por los daños que ocasione.
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Obligadas a adoptar PTEE deben hacerlo independientemente de que participen en un consorcio o unión temporal (Freepik)

11 de Abril de 2022

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 1258 del 2008, los accionistas deberán ejercer el derecho de voto en el interés de la compañía, de manera que se considerará abusivo el voto ejercido con el propósito de causar daño a la compañía o a otros accionistas o de obtener para sí o para una tercera persona ventaja injustificada, así como aquel voto del que pueda resultar un perjuicio para la compañía o para los otros accionistas.

Quien abuse de sus derechos de accionista en las determinaciones adoptadas en la asamblea responderá por los daños que ocasione, sin perjuicio que la Superintendencia de Sociedades pueda declarar la nulidad absoluta de la determinación adoptada, por la ilicitud del objeto.

Dicha acción de nulidad absoluta y de indemnización de perjuicios por la determinación respectiva podrán ejercerse tanto en los casos de abuso de mayoría como en los de minoría y de paridad. El trámite correspondiente se adelantará mediante el proceso verbal sumario.

Así las cosas, precisó la entidad, un accionista minoritario podrá solicitar la nulidad de las decisiones adoptadas y la indemnización de los perjuicios generados por causa del abuso del derecho de un accionista mayoritario, como podría ser el caso de la privación injustificada a un accionista minoritario de su derecho a percibir utilidades.

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