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Unifican jurisprudencia sobre revocatoria de pensiones reconocidas irregularmente (11:01 a.m.)

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24 de Mayo de 2019

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La Corte Constitucional revisó una tutela interpuesta por un pensionado contra Colpensiones, por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales a la seguridad social, al debido proceso y al habeas data, pues su pensión de jubilación fue revocada sin su consentimiento. La entidad aseguró estar respaldada por el artículo 19 de la Ley 797 del 2003, luego de haber encontrado una presunta maniobra irregular en el reconocimiento pensional, consistente en la adición de semanas a la historia laboral sin que mediara soporte alguno. La Corte profirió sentencia de unificación en la que precisa el alcance del artículo 19 y reitera y desarrolla los criterios trazados por la Sentencia C-835 del 2003. Al resolver el caso concreto, la Sala concluyó que la revocatoria adelantada por Colpensiones no vulneró los derechos fundamentales del accionante (M. P. Diana Fajardo).

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