Tutelan debido proceso de adulto mayor a quien negaron pensión convencional de Electricaribe (10:55 a.m.)
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27 de Febrero de 2019
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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia tuteló los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad de un accionante de la tercera edad, a quien no le reconocieron la pensión convencional junto con los beneficios derivados de ella. En efecto, los jueces de instancia consideraron que para el momento en que aquél acreditó los requisitos convencionales el pacto colectivo había perdido vigencia, de acuerdo con el parágrafo transitorio 3° del Acto Legislativo 01 del 2005. Sin embargo, la Corporación encontró que la convención colectiva de Electricaribe tenía plenos efectos hasta el 31 de julio del 2010, por lo que las decisiones judiciales vulneraron los derechos fundamentales del accionante. Por lo anterior, ordenó a la autoridad judicial proferir una nueva sentencia con base en las consideraciones expuestas (M. P. Aroldo Wilson Quiroz).
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