Minhacienda debe fijar beneficios tributarios por implementar salas de lactancia en espacios laborales
Corte ampara derechos y ordena reintegro laboral de dos mujeres que fueron despedidas en periodo de lactancia.
29 de Mayo de 2025
La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales al trabajo, estabilidad laboral reforzada y lactancia materna de dos mujeres que fueron despedidas en periodo de lactancia, por lo que ordenó su reintegro laboral, el pago de los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir y la adopción de medidas que garanticen el derecho a la lactancia materna dentro de la jornada laboral.
El alto tribunal recordó que el derecho fundamental a la estabilidad laboral reforzada es una manifestación del principio de especial asistencia a las mujeres lactantes en el ámbito laboral, que otorga una protección cualificada cuyo objeto es impedir que el empleador despida, termine o no renueve el contrato laboral de la trabajadora debido a su estado de lactancia. (Lea: Sancionan ley de protección a la maternidad y la primera infancia)
Desarrollo y crecimiento infantil
La protección especial a la lactancia materna constituye una garantía “iusfundamental”, ya que busca salvaguardar la dignidad, igualdad y libertad tanto de la madre como del niño. Esta protección se fundamenta en el principio de especial amparo a la maternidad, aplicable a todas las mujeres en estado de embarazo o lactancia, así como en los múltiples beneficios que la lactancia materna aporta al desarrollo y crecimiento infantil.
La Sala precisó que al alimentar a su hijo con su propio cuerpo de manera exclusiva durante los primeros seis meses y de forma complementaria hasta los dos años, la madre propicia el pleno ejercicio de los derechos fundamentales. De esta manera, se alcanza el más alto grado de dignidad, al garantizar no solo el derecho a la salud, sino también una alimentación adecuada, fortaleciendo el vínculo familiar en el entorno del hogar.
Salas de lactancia
Ahora bien, la implementación de salas de lactancia en espacios laborales es una medida fundamental para garantizar el derecho al trabajo de las mujeres en periodo de lactancia, que permite compatibilizar sus responsabilidades laborales con la maternidad, contribuyen a eliminar barreras para la extracción de leche materna y generan beneficios significativos para la empresa. Las leyes 1823 del 2017 y 2306 del 2023 establecen la obligatoriedad de estos espacios y promueven su implementación.
Sin embargo, indica la Corte, es necesario prever incentivos económicos que fomenten la creación de salas de lactancia en el ámbito laboral, razón por la que exhortó al Ministerio de Hacienda a que, en el ejercicio de sus funciones, determine beneficios, alivios o incentivos tributarios para las empresas que implementen salas de lactancia en sus espacios de trabajo (M. S. Paola Andrea Meneses Mosquera).
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