Son seis los proyectos que reformarían la seguridad social del magisterio (3:44 p.m.)
02 de Agosto de 2016
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Nota:
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Las iniciativas tienen objetivos diferentes, sin embargo, todas tienen algo en común y es que reformarían el sistema de seguridad social del magisterio colombiano así: proyecto de ley 014/16S, esta iniciativa propone fijar el monto de los aportes de la Nación para atender la salud de los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, sería del 8,5 % del valor de la nómina anual; proyecto de ley 015/16S, este proyecto propone extender los beneficios del régimen de seguridad social especial de los educadores a todos los docentes nacionales, departamentales, distritales y municipales de instituciones educativas oficiales que no sean de educación superior; en cuanto a la base de cotización a salud de los educadores pensionados activos, será la equivalente al salario mensual; de igual forma, aquellos educadores pensionados retirados aportarán como base de cotización a salud el equivalente al 4 % de una pensión, cuando aquella no represente más de seis salarios mínimos legales mensuales; proyecto de ley 016/16S, mediante esta iniciativa se establece la compatibilidad para la obtención de la jubilación, pensión de vejez, gracia o similares con el ejercicio de empleos docentes, para todos los educadores, sin excepción; proyecto de ley 017/16S, esta propuesta pretende que los docentes del servicio público educativo que estén vinculados a plantas de personal de las instituciones educativas descentralizadas o a los entes territoriales sean afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, a más tardar el 31 de diciembre del 2019; proyecto de ley 018/16S, mediante esta iniciativa se propone la modificación de la cotización a salud de los docentes, los docentes activos, pensionados activos y pensionados retirados que tengan una relación laboral o perciban ingresos adicionales sobre los cuales estén obligados a cotizar aportarán para salud únicamente el valor legal correspondiente al salario o mesada pensional más alto que perciban; proyecto de ley 020/16S, la propuesta de esta iniciativa es establecer el pago de cesantías del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, el pago que reconozca el Fomag por concepto de cesantías parciales o definitivas a sus afiliados se deberá realizar dentro de los 45 días hábiles siguientes a la fecha en que quede en firme el acto administrativo que ordena la liquidación y pago de la prestación social solicitada. Todos los proyectos de ley se encuentran a la espera de la ponencia positiva para primer debate.
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