Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Son compatibles los beneficios del Fondo Nacional del Ahorro y de la convención colectiva (2:50 p.m.)

114616

16 de Diciembre de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia conoció la demanda presentada por el sindicato del SENA en contra de dicha institución por el desconocimiento de la convención colectiva suscrita entre las partes. Los accionantes alegaron que la entidad negó beneficios de vivienda a varios trabajadores oficiales sindicalizados por estar afiliados al Fondo Nacional del Ahorro (FNA), por una presunta incompatibilidad entre estas dos prerrogativas. Por su parte, la Sala Laboral indicó que no existe antagonismo entre los beneficios para financiación de vivienda ofrecidos por el FNA y aquellos previstos en la convención colectiva y, por lo tanto, el SENA había incumplido la convención. Por último, precisó que las convenciones colectivas son un acto bilateral y consensual, por lo que ninguna de las partes puede, a partir de un concepto jurídico propio, desconocer lo allí pactado. (M. P. Carlos Guarín).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)