Servidores públicos que pasaron del ISS a ESE no tienen beneficios pensionales convencionales (10:01 a.m.)
25 de Enero de 2016
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Nota:
105794
La Corte Suprema reiteró su jurisprudencia sobre el régimen que cubre a ciertos funcionarios que pasaron del Instituto de Seguro Sociales (ISS) a empresas sociales del Estado (ESE). Para la alta corporación, los servidores del ISS que pasaron a las ESE en virtud del Decreto 1750 del 2003 cambiaron su condición de trabajadores oficiales a empleados públicos, salvo quienes ejercían labores propias del mantenimiento de la planta física hospitalaria o de servicios generales, de suerte que quienes adquirieron la calidad de empleados públicos en las mencionadas empresas tienen un régimen salarial y prestacional especial y no gozan dentro del ordenamiento de los beneficios convencionales o de las particulares ventajas de los trabajadores oficiales. En el texto de la sentencia se citó como precedente jurisprudencial la sentencia 35399, reiterada, entre otras, por las sentencias 468/13 y 644/13, que versan sobre el mismo tema (M.P. Rigoberto Echeverri Bueno).
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