¿Sanción moratoria por no consignación de cesantías anualizadas solo procede si entidad empleadora actuó con mala fe? (4:03 p.m)
55948
18 de Julio de 2017
Escucha esta noticia audio generado con IA
Una sentencia reciente de la Sección Segunda del Consejo de Estado, con ponencia del consejero William Hernández, aborda este problema jurídico y resuelve que la sanción moratoria por la no consignación de las cesantías anualizadas se origina “por el mero incumplimiento de los plazos señalados en la ley, sin atender a criterios subjetivos, como la mala fe”. Lo anterior en razón a que las normas que regulan el tema no los incluyeron y por cuanto la omisión del empleador no puede afectar los derechos del empleado. Así las cosas, y en el caso concreto, no prosperó el argumento del recurso de apelación del municipio demandado, consistente en que para imponer esta sanción primero se debía determinar si la entidad actuó de mala fe (C. P. William Hernández).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!