Resaltan jurisprudencia sobre respeto y garantía de la naturaleza jurídica del salario (11:15 a.m.)
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20 de Febrero de 2020
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Una providencia reciente de la Corte Suprema de Justicia señaló que el acuerdo de voluntades que le reste naturaleza salarial a un rubro o beneficio que en verdad es salario resulta insuficiente para desvirtuar su condición remuneratoria directa del servicio, pues tal determinación no está sujeta al arbitrio de las partes. De ahí que, concluye la Sala, si un pago cumple las condiciones previstas en la ley para ser salario seguirá predicándose tal condición, “aun cuando exista estipulación en contrario, ya que se impone la realidad sobre las formalidades” (M. P. Ernesto Forero Vargas).
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