Renuncia presentada con ausencia de capacidad racional de discernir genera nulidad absoluta
24 de Marzo de 2021
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Nota:
120872
La renuncia al cargo de una persona que padece trastorno mental derivado del consumo de alcohol y sustancias sicoactivas asociado a un episodio depresivo grave no tiene validez, precisó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. En este orden aseguró que si en una renuncia presentada se evidencia la ausencia de capacidad racional o de discernir la consecuencia que se deriva es la consagrada en los artículos 1740, 1741, 1742 y 1746 del Código Civil, aplicables en materia laboral por remisión del 19 del Código Sustantivo del Trabajo, lo que lleva a que se produzca una nulidad absoluta, dando lugar a la abolición o rescisión del acto jurídico. Entonces, en este evento el acto existe, pero está viciado por falta de alguno o algunos de los elementos de validez y da a las partes derecho para ser restituidas al mismo estado en que se hallarían si no hubiese existido el acto o contrato nulo. En el caso concreto, se probó plenamente la falta de capacidad de discernimiento o entendimiento negocial de una mujer que renunció a su trabajo en un banco por cuanto su juicio o razón estaba alterado o perturbado en virtud de sus trastornos mentales y depresivos clínicamente probados. Conozca más detalles en el texto adjunto (M. P. Gerardo Botero Zuluaga).
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