14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Reiteran que la normativa que gobierna la pensión de invalidez es la vigente al momento de su estructuración (3:17 p.m.)

22 de Enero de 2016

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Nota:
105806
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que, en principio, la normativa que gobierna la pensión de invalidez es la vigente al momento en que se estructura el estado de invalidez, salvo la aplicación de normas anteriores en virtud del principio de la condición más beneficiosa. Así las cosas, indicó que siendo este el referente temporal no está permitido remitirse a otros momentos diferentes, como al retiro definitivo del servicio por parte del afiliado o a la fecha de la calificación de la pérdida de la capacidad laboral. En el caso analizado, la norma llamada a regular la pensión de invalidez del demandante era el Acuerdo 049 de 1990, aprobado por el Decreto 758 del mismo año, por cuanto la fecha de estructuración fue el 25 de noviembre de 1993. De allí se desprende que las disposiciones de la Ley 100 de 1993, al no haber entrado en vigencia para ese momento, no debían emplearse al asunto, pues con ello se estaría dando aplicación retroactiva a esta normativa, sentenció la corporación (M. P. Rigoberto Echeverri).

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