Reiteran que intereses moratorios no se causan por diferencias pensionales (9:44 a.m.)
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24 de Mayo de 2018
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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia reiteró que, de acuerdo con la posición mayoritaria de la corporación, los intereses moratorios no se causan respecto de diferencias pensionales. En efecto, hizo ver que así debe ser considerado, en tanto no se está en presencia de mora en el pago de mesadas completas, sino de diferencias derivadas de la reliquidación de la prestación, por lo que la preceptiva del artículo 141 de la Ley 100 de 1993 no resulta aplicable (M. P. Jorge Luis Quiroz).
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