Reiteran jurisprudencia sobre la posibilidad de acumular tiempos de servicio para acceder a pensión de vejez (1:25 p.m.)
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19 de Octubre de 2018
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La Corte Constitucional dio a conocer una sentencia que reiteró su jurisprudencia unificada frente a la posibilidad de acumular los tiempos de servicio en el sector público (ya sea a las cajas o a fondos de previsión social) y las semanas cotizadas al Instituto de Seguros Sociales (ISS), hoy Colpensiones, para reunir el número de semanas exigidas para acceder a una pensión de vejez del régimen de transición. El precedente constitucional reiterado está consagrado en la Sentencia SU-769 del 2014. En el caso concreto, y luego de verificar el material probatorio, la Sala constató que el accionante cumple con los requisitos para que le sea reconocida una pensión de vejez en el régimen de transición, luego de recordar la sentencia de unificación del 2014. Y, en consecuencia, aseguró que los jueces de instancia, dentro del proceso ordinario laboral, incurrieron en el defecto de desconocimiento delprecedente constitucional, por lo que concedió la protección constitucional (M. P. Alberto Rojas Ríos).
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