Regularían reporte de información de operadores de bancos de información o bases de datos a la UGPP (4:17 p.m.)
27 de Junio de 2018
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Nota:
108291
El Gobierno propone reglamentar el artículo 29 de la Ley 1393 del 2010, de esta manera se establecería que los operadores públicos y privados de bancos de información o bases de datos reporten sin ningún costo información relevante a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), para el cumplimiento de las funciones relacionadas con la determinación y cobro de las contribuciones parafiscales de la protección social. La UGPP definiría mediante resolución la información relevante a suministrar, así como las características y especificaciones técnicas para el envío de la misma. El reporte de los datos solicitados deberá realizarse, a más tardar, dentro del mes siguiente a partir de la fecha de recibo de la comunicación de la unidad. El texto propuesto se encuentra dispuesto para comentarios en el sitio web de la entidad, la cual recibirá comentarios hasta el próximo 10 de julio.
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