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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Regularían forma de efectuar retiros parciales de cesantías para educación superior (3:45 p.m.)

14 de Febrero de 2019

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Nota:
122188
Para reglamentar lo dispuesto en la Ley 1809 del 2016, el Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de norma con el cual precisaría la forma de efectuar los retiros parciales de cesantías para educación superior. Cuando la terminación del contrato de trabajo ocurra por cualquiera de las causas previstas en la ley laboral, distintas a la de la muerte del trabajador, para el retiro de las sumas abonadas a la cuenta bastará la solicitud del afiliado, acompañada de prueba al menos sumaria sobre la terminación del contrato. Terminado el contrato por muerte del trabajador, la administradora de fondos de cesantías entregará las sumas correspondientes con sujeción a lo previsto en los artículos 258 y concordantes del Código Sustantivo del Trabajo. También se señalan los documentos que deberá presentar el trabajador que solicite el pago parcial del auxilio para financiar matrículas del trabajador, su cónyuge o compañero permanente y sus hijos, en entidades de educación superior o de educación para el trabajo y el desarrollo humano reconocidas por el Estado, entre ellos los registros civiles correspondientes, según el caso, así como las declaraciones extrajuicio en el evento en que el beneficiario sea compañero permanente. Los interesados pueden enviar sus comentarios hasta el próximo 22 de febrero, al correo nserna@mintrabajo.gov.co.

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