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Redención de pena por trabajo penitenciario guarda conexidad razonable con reforma laboral

Exequible el artículo 19 de la Ley 2466/25 (reforma laboral), sobre experiencia laboral de personas privadas de la libertad.

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Redención de pena por trabajo penitenciario guarda conexidad razonable con reforma laboral

25 de Febrero de 2026

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La Corte Constitucional declaró exequible el artículo 19 (parcial) de la Ley 2466/25 (reforma laboral), sobre experiencia laboral de personas privadas de la libertad, al superar el cargo por falta de unidad de materia formulado en su contra. En ese sentido, concluyó, la disposición sobre redención de pena por trabajo penitenciario guarda conexidad razonable con el marco de la reforma laboral.

Para el demandante, la norma cuestionada, según la cual se concederá redención de pena por trabajo a las personas privadas de la libertad y se les abonarán dos días de reclusión por tres días de trabajo, desconoce el principio de unidad de materia por cuanto regula un beneficio que resulta extraño al ámbito del derecho al trabajo. (Lea: Descargue la Ley de Reforma Laboral)

Sin embargo, el alto tribunal destacó que el trabajo es una categoría preponderante y amplia del ordenamiento constitucional, en la que también se inscriben las actividades que desarrollan las personas privadas de la libertad, aunque con las particularidades y restricciones que supone la reclusión. Para ellas, el trabajo es un mecanismo de redención y una oportunidad de resocialización.

La Sala concluyó que aunque la disposición acusada fue incorporada en un estado avanzado del trámite legislativo, esta evidencia una conexidad razonable con el núcleo temático de la Ley 2466. Estos fueron los ejes de la decisión:

Conexidad temática: La dignificación del trabajo en un sentido amplio cobija a las actividades productivas en prisión.

Conexidad causal: Los desafíos relacionados con los obstáculos en la inserción laboral y la mitigación de los factores de la discriminación encuentran un correlato directo en la situación que enfrentan las personas privadas de la libertad

Conexidad teleológica: Superar la discriminación requiere avanzar en la dignificación del trabajo en clave de inclusión social, lo que para el caso de las personas privadas de la libertad se traduce en fijar condiciones de redención de pena y eventual recuperación de la libertad.

Conexidad sistemática: Abordar la redención de pena dentro de una reforma laboral es una elección válida y legítima bajo la idea de articular el trabajo en reclusión con oportunidades de redención y posterior empleabilidad en el mundo exterior (M. P. Lina Marcela Escobar Martínez).

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