Recuerdan requisitos para cambiar de régimen pensional (1:56 p.m.)
10 de Enero de 2019
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Nota:
111080
En reciente providencia, una Sala de Descongestión Laboral de la Corte Suprema de Justicia explicó que quienes se trasladan al régimen de ahorro individual con solidaridad y luego regresan al régimen de prima media con prestación definida conservan los beneficios de transición si cumplen estas dos condiciones: (i) que se devuelvan al régimen de prima media con sus saldos de cuenta individual y (ii) que al 1° de abril de 1994 tuvieran 15 o más años de servicios o cotizaciones en el régimen de reparto simple al que estaba afiliado, sin considerar la edad del cotizante. Consulte la resolución del caso concreto en el documento adjunto (M. P. Dolly Amparo Caguasango, magistrada de descongestión).
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