Recuerdan que incremento pensional por persona a cargo es imprescriptible (9:57 a.m.)
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24 de Mayo de 2018
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La Corte Constitucional recordó que a partir de la Sentencia SU-310 del 2017 acabó la controversia sobre la imprescriptibilidad de los incrementos pensionales del 14 % por cónyuge o compañero permanente a cargo. Justamente, ese pronunciamiento estableció que los incrementos que por ley se desprenden de la pensión son imprescriptibles, en tanto es la tesis que más se ajusta a los intereses de las personas pensionadas. En ese contexto, la Sala reiteró que las pensiones derivadas del derecho a la seguridad social no admiten una prescripción extintiva del derecho en sí mismo, lo que no sucede con las prestaciones periódicas o mesadas pensionales que este genera y que no han sido cobradas en el término previsto por el legislador (M. P. José Fernando Reyes).
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