Recuerdan posición jurisprudencial respecto al valor probatorio de los certificados laborales (12:06 p.m)
28 de Agosto de 2017
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Nota:
56693
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que el juez laboral debe tener como un hecho cierto el contenido de lo que se exprese en cualquier constancia que expida el empleador sobre temas relacionados con el contrato de trabajo, ya sea sobre el tiempo de servicios y el salario, o sobre otro tema, pues no es usual que una persona falte a la verdad y dé razón documental de la existencia de aspectos tan importantes que comprometen su responsabilidad patrimonial. Por esa razón la carga de probar en contra de lo que certifique el propio empleador corre por su cuenta y debe ser de tal contundencia que no deje sombra de duda, de manera que para destruir el hecho admitido documentalmente el juez debe acentuar el rigor de su juicio valorativo de la prueba en contrario y no atenerse a la referencia genérica que haga cualquier testigo sobre constancias falsas (M. P. Clara Cecilia Dueñas y Rigoberto Echeverri).
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